Leucanthemum gallaecicum Rodr. Oubiña & S. Ortiz

Leucanthemum gallaecicum Rodr. Oubiña & S. Ortiz es una especie que pertenece a la familia de las asteráceas (Asteraceae), tradicionalmente también denominadas compuestas (Compositae). La denominada en gallego «Magarza de Barazón» es un endemismo exclusivo de Galicia, concretamente del centro de la autonomía, donde habita puntualmente una pequeña extensión que incluye 4 ayuntamientos, uno en el W de la provincia de Lugo (Palas de Rei, donde está el grueso de sus poblaciones) y 3 en el SE de la provincia de A Coruña (Melide, Santiso y Toques), siempre asociada su presencia a una circunstancia de tipo geológico: afloramientos de rocas serpentínicas. La mayoría de sus poblaciones están dentro del Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) Serra do Careón, y por tanto protegida -en teoría- por la «Directiva Hábitats» de la Unión Europea (Dir.92/43/CEE). Igual que sucede con el resto de los endemismos serpentínicos gallegos, está en peligro de extinción, y así está catalogada en diversas listas rojas. Es por ello una especie protegida por la legislación autonómica de la Xunta de Galicia («Catálogo gallego de especies amenazadas», Decreto 88/2007 de 19 de abril, Diario Oficial de Galicia Núm. 89), donde está etiquetada como «En peligro de extinción». Una vez más es la presión humana la causante de su declive, sobre todo la concerniente a actividades agrícolas y forestales que transforman su reducido y muy específico hábitat.

Leucanthemum gallaecicum

Leucanthemum gallaecicum

Es una planta perenne (vía rizomas), herbácea (a veces algo leñosa en la base), rizomatosa, cespitosa, glabra o algo tomentosa principalmente en los brotes jóvenes. El rizoma (tallo subterráneo de crecimiento horizontal) puede ser tuberculado y estolonífero, y emite finas raíces de menos de 1 mm de grosor. Los tallos aéreos son de erectos a decumbentes, glabros o pelosos en la zona basal, están poco ramificados y proporcionan a la planta hasta 40 cm de altura, tienen una sección transversal más o menos poligonal, más definida en las zonas medias y bajas, y pueden estar teñidos de púrpura, sobre todo sus aristas. Las hojas son alternas, y la mayoría basales. Estas hojas basales, erectas, son carnosas y estrechamente espatuladas de 25-45 x 4-6 mm, están pecioladas y se abrazan al tallo en su inserción, presentando 2-4 dientes más o menos triangulares en cada lado de la lámina, la cual tiene el ápice como otro diente triangular. La punta de esos dientes suele estar endurecida y oscurecida. A medida que se asciende por el tallo, las hojas disminuyen de tamaño y su geometría se simplifica: menor número de dientes y más pequeños, lámina más estrecha y menos espatulada.

Leucanthemum gallaecicum

Leucanthemum gallaecicum

Leucanthemum gallaecicum

Leucanthemum gallaecicum

Leucanthemum gallaecicum

Leucanthemum gallaecicum

Las flores, pentámeras, se agrupan en inflorescencias tipo capítulo. Son capítulos de 2-4 cm de diámetro, generalmente solitarios, radiados, con un involucro de 10-16 mm de diámetro e integrado por brácteas involucrales imbricadas y dispuestas en 3-4 series, herbáceas, de color verde pálido, glabras. Las brácteas involucrales externas son estrechamente triangulares, agudas, con un estrecho margen membranáceo. Las brácteas involucrales medias e internas son lingulado-triangulares de 6-10 x 1-2 mm, con un margen traslúcido más o menos ancho. Todas las brácteas involucrales tienen los márgenes y el nervio medio perfilados mediante trazos mas o menos intensos de color pardo oscuro. El receptáculo (donde se insertan las flores) es ligeramente convexo, glabro. Flores heteromorfas (diferentes morfológicamente) y heterógamas (diferentes sexualmente): las de la periferia del capítulo (radiales) respecto a las del interior del mismo (discales). Las flores radiales, en número de 15-20, funcionalmente femeninas y fértiles, son lígulas oblongas y blancas de unos 10 x 2 mm (un tubo corto prolongado lateralmente en una lígula o lengüeta), con el ápice redondeado o tenuemente tridentado. Las flores discales, muy numerososas, hermafroditas y también fértiles, son tubulosas (flósculos) de 2-3.5 mm de largo, consistiendo en un tubo que se abre en 5 lóbulos (pentalobadas), de un color amarillo más o menos dorado en función de la madurez.

Leucanthemum gallaecicum

Leucanthemum gallaecicum

Leucanthemum gallaecicum

Leucanthemum gallaecicum

Leucanthemum gallaecicum

L. gallaecicum florece mayoritariamente de junio a julio. El fruto es un conjunto de pequeños aquenios obovoideos de hasta 2 mm de largo, rectos o ligeramente curvos, apicalmente truncados, glabros, acostillados. Los aquenios correspondientes a las flores del disco no tienen vilano, pero los de las flores radiales sí llevan -de manera desigual- un vilano coroniforme. Aparte de la reproducción sexual, es importante su propagación vegetativa mediante sus rizomas.

Leucanthemum gallaecicum

Leucanthemum gallaecicum

Crece en pastizales pioneros vivaces, matorrales abiertos (tojales y -sobre todo- brezales), márgenes de bosques y a veces en taludes, bordes de caminos o pistas forestales. En suelos de poca profundidad, que derivan de afloramientos de rocas ultrabásicas (serpentinitas y peridotitos). Son suelos de escasa fertilidad debido a un excesivo contenido en magnesio (desfavorable para el desarrollo vegetal por ser antagonista del calcio) y a un alto contenido en ciertos metales (como el níquel, cobalto, cromo y manganeso) que en exceso son potencialmente tóxicos puesto que hacen disminuir la cantidad de materia orgánica disponible. Su rango altitudinal oscila entre 350 y 650 m, aproximadamente.

Leucanthemum gallaecicum

Leucanthemum gallaecicum

Nota: conviene repasar algunos puntos de la protección legal que -teóricamente- recibe ésta y otras especies amenazadas, y que nos sirve para comprobar que hay cosas que no se están cumpliendo.

  • En la «Directiva Hábitats» de la Unión Europea (Dir.92/43/CEE), relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, podemos encontrar estas disposiciones:
    • «Considerando que, dado que su objetivo principal es favorecer el mantenimiento de la biodiversidad al tiempo que se tienen en cuenta las exigencias económicas, sociales, culturales y regionales, la presente Directiva contribuirá a alcanzar el objetivo general de un desarrollo duradero; que el mantenimiento de esta biodiversidad podrá en determinados casos requerir el mantenimiento, e incluso el estímulo, de actividades humanas.»
    • Artículo 1 (extracto): «Lugar de importancia comunitaria: un lugar que, en la región o regiones biogeográficas a las que pertenece, contribuya de forma apreciable a mantener o restablecer un tipo de hábitat natural de los que se citan en el Anexo I o una especie de las que se enumeran en el Anexo II en un estado de conservación favorable y que pueda de esta forma contribuir de modo apreciable a la coherencia de Natura 2000 tal como se contempla en el artículo 3, y/o contribuya de forma apreciable al mantenimiento de la diversidad biológica en la región o regiones biogeográficas de que se trate.» Comentar que en ese Anexo II no está L. gallaecicum, entre otras especies en peligro de extinción. Urge una actualización de esta directiva.
    • Artículo 11 (extracto): «Los Estados miembros se encargarán de la vigilancia del estado de conservación de las especies y de los hábitats a que se refiere el artículo 2, teniendo especialmente en cuenta los tipos de hábitats naturales prioritarios y las especies prioritarias.»
    • Artículo 13 (extracto): «Los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para instaurar un sistema de protección rigurosa de las especies vegetales que figuran en la letra b) del Anexo IV y prohibirán: a) recoger, así como cortar, arrancar o destruir intencionalmente en la naturaleza dichas plantas, en su área de distribución natural. b) la posesión, el transporte, el comercio o el intercambio y la oferta con fines de venta o de intercambio de especímenes de dichas especies recogidos en la naturaleza, excepción hecha de aquellos que hubiesen sido recogidos legalmente antes de que la presente Directiva surta efecto.»

Leucanthemum gallaecicum

  • En el «Catálogo gallego de especies amenazadas» (Decreto 88/2007 de 19 de abril), publicado en el Diario Oficial de Galicia, se expone lo siguiente:
    • Artículo 5º (extracto): «En peligro de extinción: categoría reservada para aquellas cuya supervivencia es poco probable si los factores causantes de su actual situación siguen actuando». L. gallaecicum está clasificada en esta categoría.
    • Artículo 10º (extracto): «La inclusión de una especie o subespecie en el Catálogo gallego de especies amenazadas conlleva, salvo autorización expresa de la consellería competente, las siguientes prohibiciones: a) Tratándose de especies vegetales, la de cualquier actuación no autorizada que se lleve a cabo con el propósito de destruirlas, mutilarlas, cortarlas o arrancar ejemplares completos o parte de ellos, así como la recogida de sus semillas, polen o esporas y, en general, la destrucción de su hábitat.»
    • Artículo 10º (extracto): «Con el objeto de garantizar la reproducción, cría o recuperación de determinadas especies amenazadas, se podrán establecer restricciones temporales de acceso al tránsito de visitantes en períodos y lugares considerados críticos para la supervivencia de las mismas. Estas medidas se adoptarán mediante resolución motivada del director general competente en materia de conservación de la naturaleza y precisará, en todo caso, los lugares concretos y su plazo de duración.»
    • Artículo 15º (extracto): «Las recuperaciones de especies se acometerán preferentemente a partir de sus efectivos naturales. Cuando se registren fenómenos de desaparición local o bien dicha recuperación no sea posible debido a razones de tipo ecológico, se podrá optar por el reforzamiento de las poblaciones, siempre y cuando estas acciones se enmarquen en alguno de los planes de gestión anteriormente descritos y una vez aprobados. Cuando dicha recuperación no sea factible debido a la extinción de la especie en Galicia, se podrá optar entonces por su reintroducción, previa elaboración y aprobación de un plan de reintroducción.»

Leucanthemum gallaecicum

  • Más allá de las protecciones legales, hay que destacar y elogiar las acciones conservacionistas realizadas por la Asociación Galega de Custodia do Territorio que, canalizando el esfuerzo de diversas asociaciones y particulares, y siguiendo el modelo de microrreserva, ha comprado y arrendando terrenos donde se constata la presencia de los 3 endemismos del entorno de Melide: Armeria merinoi (Bernis) Nieto Fel. & Silva Pando, Santolina melidensis (Rodr. Oubiña & S. Ortiz) Rodr. Oubiña & S. Ortiz  y L. gallaecicum. El plan se complementa con desbroces y eliminación de especies introducidas como pinos y eucaliptos, con el fin de intentar recuperar las condiciones originales para que las especies en peligro -al menos allí- puedan mantener- sus poblaciones.
  • Si su situación se torna crítica (ya lo es de hecho), será necesario llevar a cabo medidas de conservación ex situ, es decir, cultivar la especie fuera de su hábitat natural, en invernaderos o jardines botánicos, por ejemplo. Y será entonces cuando esas microrreservas de la Asociación Galega de Custodia do Territorio puedan adquirir una importancia aún mayor, acogiendo esas plantas cultivadas.

Leucanthemum gallaecicum

Leucanthemum gallaecicum

Sinónimos y taxones infraespecíficos de Leucanthemum gallaecicum Rodr. Oubiña & S. Ortiz:

  • Ninguno

2 Respuestas a “Leucanthemum gallaecicum Rodr. Oubiña & S. Ortiz

  1. Moi boa entrada cunha descrición moi detallada e acompañada dunhas fotos espectaculares. Estiven observando estas especies varias veces hai 4-6 anos e algunhas veces tiña dúbidas de confusión con outros Leucanthemum pero con esta descrión creo que xa non me confundirei.

    En canto ao aspecto de protección non estou de acordo en conformarnos con reproducir a especie e introducila noutras zonas. A décima economía do mundo pode permitirse o luxo de protexer eficazmente as zonas con endemismos botánicos como este, e todo isto non é compatible coa instalación dunha megacelulosa xusto na mesma localización.

    Un saúdo

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    • Muchas gracias, Juan.

      La gravedad del tema de la celulosa va mucho más allá de la implantación física de la factoría en ese lugar tan sensible. Se está impulsando la plantación de eucaliptos en la zona para alimentar al «monstruo» a corta distancia. Y eso a pesar de que esos suelos ni siquiera son buenos para ese cultivo. Se está vendiendo demagógicamente como una oportunidad económica para la zona y muchos vecinos de la zona lo están comprando.

      Ya me parecía demasiado bonito la supuesta sensibilidad mostrada cuando desviaron la A-54… Los estudios de impacto eran inapelables, y lo siguen siendo ahora para parar esa celulosa.

      Saludos y muchas gracias por el aporte.

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